Cuando, por voluntad propia y de manera consciente, envías a través de internet y plataformas digitales contenido sexual en forma de fotos, vídeos o textos, estás llevando a la práctica el término de ‘sexting’.
Mientras que, en la ‘sextorsión’, se amenaza a la víctima con difundir y hacer público el contenido sexual de ésta. Este delito puede responder a intereses económicos o como motivo del conocido “porno venganza”.
El ‘grooming’ es una práctica donde un adulto intenta ganarse la confianza de un menor para que le envíe ese tipo de contenidos (sexting) y satisfacer sus necesidades pedófilas. Para ello suelen suplantar la identidad de otros menores y puede derivar en sextorsión.
Excelente información 👍
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